En el siguiente informativo encontrarás información sobre la importancia de diferenciar entre el voto nulo y voto en blanco en votaciones electorales.

Votaciones en Guatemala 

Voto Nulo: 

Se considera voto nulo, cuando la papeleta tiene una marca que no esta claramente definida por el voto, por ejemplo: si se marca a más de un candidato, se coloca una X en grande o si se escribe un mensaje que no corresponde en la papeleta. 

Es importante tener claro que los votos en blanco no tienen efecto, mientras que los votos nulos pueden incidir en el resultado de la elección. 

Voto en Blanco: 

Es cuando se deja la papeleta sin ninguna marca X, circulo, linea etc. . Dejar la papeleta en blanco no se toma en cuenta para el conteo oficial, pero No Es voto nulo.

Condiciones que deben darse para que un voto nulo obligue a la repetición de las elecciones:

Los artículos 203 bis y 210 de la Ley Electoral establecen que de ganar el voto nulo en uno de los procesos, este se repetirá tres meses después de las Elecciones Generales, pero la repetición podrá ocurrir solo esa vez.

A pesar de que el voto nulo tenga pocas posibilidades de obtener mayoría absoluta, al sumar una cantidad significativa de votos genera un peso en contra de quienes se están postulando y el proceso.

Los votos nulos deben constituir más de la mitad de los votos emitidos. ¿A qué se refiere con votos emitidos? Es el total de los votos emitidos a favor de los distintos candidatos que sean validos, más los votos en blanco y los votos nulos. 

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Fuentes:

 Articulo La Hora: Voto nulo en elecciones.

Acuerdos Electorales:Tribunal Supremo Electoral