En el siguiente informativo encontrarás contenido relacionado con las criptomonedas y el bitcoin en Guatemala.
Las criptomonedas o Bitcoin no tienen validez legal en Guatemala, de acuerdo con lo que establece la Ley Monetaria, en virtud de la cual solo se aplica el Quetzal en el país.
“La Superintendencia de Bancos, derivado de las distintas consultas formuladas por agentes económicos y financieros con relación al uso de las monedas o activos virtuales, conocidos como criptomonedas, entre las cuales destacan el Bitcoin, Ethereum, Ripple y otras similares, comunica a la población que, de conformidad con la Ley Monetaria, la unidad monetaria de Guatemala es el Quetzal y únicamente el Banco de Guatemala puede emitir billetes y monedas dentro del territorio de la República”.
Con base en ese criterio, las monedas virtuales no son monedas de curso legal en el país ni tienen respaldo del Estado, por lo cual “no se consideran divisas, no están garantizadas, ni se puede obligar a ser aceptadas como medio de pago en transacciones de bienes y servicios”, según el comunicado, emitido por la Superintendencia de Bancos (SIB), en febrero de 2021.
La entidad estatal precisó, además, que las plataformas transaccionales o personas dedicadas a la venta y comercialización de monedas virtuales en Guatemala “no se encuentran bajo la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, por lo que podrían no cumplir con estándares de seguridad o procesos de mitigación del riesgo, presentando posibles fallas de seguridad que generen altos riesgos para los usuarios”.
La mayor parte de esas plataformas digitales fueron creadas y operan desde otros países, en virtud de lo cual “su regulación y supervisión se encuentra fuera del ordenamiento jurídico nacional”.
La alerta de la SIB va más lejos y vale considerarla: “Derivado de la especulación, las personas que adquieran este tipo de moneda virtual se exponen a altas volatilidades en el precio, por lo que el valor de las mismas podría aumentar o reducir drásticamente e incluso llegar a cero”.
Y, como si no bastase, recomendó tener en cuenta que las monedas virtuales se utilizaron en múltiples ocasiones, en otros países, en operaciones ilícitas relacionadas con el lavado de dinero e incluso con el financiamiento del terrorismo. Esto responde a que, por lo general, en este caso se trata de transacciones anónimas.
A propósito de lo expuesto, toda persona que adquiera o utilice este tipo de monedas virtuales en transacciones comerciales puede convertirse en vulnerable financieramente hablando, por los disímiles riesgos que las mismas conllevan y porque no estarán ampara por ningún tipo de protección estatal.